La traducción jurada es la traducción oficial firmada y sellada por un traductor-intérprete jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. A diferencia de una traducción simple, tiene validez oficial ante la Administración española, por lo que es la que se exige en la mayoría de los trámites de extranjería, nacionalidad y homologación de títulos.
Traducción jurada o simple
No es lo mismo:
- Traducción jurada: firmada y sellada por un traductor-intérprete jurado habilitado por el MAEC. Tiene validez oficial. Es la que piden los organismos públicos.
- Traducción simple: cualquier traducción sin ese carácter oficial. Vale para uso privado, pero no suele admitirse en trámites administrativos.
Presentar una traducción simple donde se exige jurada es un motivo frecuente de requerimiento y retraso. Conviene asegurarse antes.
¿Qué documentos requieren traducción jurada?
- Certificados de nacimiento, matrimonio y antecedentes penales.
- Títulos y expedientes académicos para homologación.
- Sentencias, poderes y otros documentos públicos.
Además, estos documentos suelen necesitar apostilla o legalización en su país de origen antes de traducirse. Lo valoramos en conjunto.
Cómo te ayudamos
Revisión
Vemos qué documentos de tu trámite necesitan traducción jurada y cuáles no.
Coordinación
Coordinamos la traducción jurada con traductor habilitado por el MAEC.
Integración en el expediente
Incorporamos las traducciones a tu solicitud de extranjería, nacionalidad u homologación.
Idiomas y plazos
Trabajamos con traductores jurados de los principales idiomas de nuestros clientes (portugués, inglés, francés, árabe y otros). El plazo depende del idioma, de la extensión del documento y de la carga de trabajo del traductor, pero planificándolo junto con el resto del expediente evitamos que la traducción sea el cuello de botella de tu trámite.
Un consejo práctico
Antes de encargar una traducción, asegúrate de que el documento ya lleva la apostilla o legalización que corresponda, porque esa apostilla también debe traducirse. Si traduces primero y apostillas después, es posible que tengas que volver a traducir. Por eso revisamos el orden de los pasos antes de empezar.
Traducciones con validez oficial
Reserva una consulta y revisamos qué documentos necesitas traducir para tu trámite.
Preguntas frecuentes
¿Quién puede hacer una traducción jurada?
Solo un traductor-intérprete jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC). Su firma y sello dan validez oficial a la traducción.
¿Me vale una traducción simple?
Para uso privado sí, pero los organismos públicos casi siempre exigen traducción jurada. Presentar una simple donde piden jurada suele provocar un requerimiento.
¿Primero apostilla o primero traducción?
Por regla general, primero se apostilla o legaliza el documento en origen y después se traduce, de modo que la apostilla quede también reflejada. Lo revisamos en tu caso.
¿Cuánto cuesta una traducción jurada?
Depende del idioma, la extensión y el tipo de documento. En la consulta te damos una orientación según lo que necesites.
Información general de carácter orientativo. No constituye asesoramiento jurídico individualizado. Cada caso debe valorarse de forma particular.
