¿Cómo es el procedimiento de la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013)?
Qué autorizaciones cubre
La Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, establece un régimen especial, más ágil que el general, para determinados perfiles de interés económico: emprendedores, inversores, profesionales altamente cualificados (incluida la Tarjeta azul-UE), traslados intraempresariales y teletrabajadores de carácter internacional (el llamado nómada digital).
Todas estas figuras comparten un mismo procedimiento común, con requisitos generales del solicitante y un plazo de resolución breve, además de los requisitos específicos de cada una.
Requisitos comunes del solicitante
Con independencia de la figura concreta, el solicitante debe acreditar, entre otros extremos:
- No encontrarse irregularmente en territorio español y ser mayor de 18 años (salvo los familiares).
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido los dos últimos años, por delitos previstos en el ordenamiento español, y declaración responsable de su inexistencia en los cinco últimos años. La tenencia de antecedentes policiales no es, por sí sola, causa de denegación.
- Un seguro de enfermedad público o privado con cobertura equivalente a la del Sistema Nacional de Salud durante toda la autorización (no sirven los seguros de viaje), salvo que se vaya a cotizar a la Seguridad Social.
- Recursos económicos suficientes para el titular y su familia durante la residencia.
A efectos de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), los certificados de antecedentes penales tienen una validez de 6 meses, por lo que conviene no solicitarlos con demasiada antelación.
El silencio positivo: 20 días hábiles
La ventaja más relevante de este régimen es el silencio administrativo positivo. El plazo de resolución de la autorización de residencia inicial es de 20 días hábiles; si no se resuelve y notifica en ese plazo, la autorización se entiende estimada por silencio administrativo (art. 76.1 Ley 14/2013).
Esa estimación por silencio tiene, a todos los efectos, la consideración de acto que finaliza el procedimiento, e impide una resolución expresa posterior que no sea confirmatoria. Si se produce un requerimiento de subsanación, el cómputo del plazo se suspende hasta que se cumplimente.
Tasas y tramitación
Las solicitudes se tramitan ante la UGE-CE por vía electrónica. Se abona una tasa por cada solicitante, tanto por el titular principal como por cada uno de sus familiares, y el número de referencia del pago es un dato obligatorio de la solicitud: sin él no puede completarse.
Quien ya obtuvo visado de residencia al amparo de esta Ley puede acreditar los requisitos generales con los mismos documentos aportados al consulado, presentados de forma telemática.
Base legal
Enlaces al texto consolidado del BOE. Verifica siempre la versión vigente a la fecha de tu trámite.
Preguntas relacionadas
¿Qué pasa si la Administración no resuelve a tiempo?
En el régimen de la Ley 14/2013 el silencio es positivo: si la autorización de residencia inicial no se resuelve en 20 días hábiles, se entiende concedida (art. 76.1). Es una ventaja frente al régimen general, donde el silencio suele ser negativo.
¿Vale cualquier seguro médico?
No. Debe ser un seguro público o privado con cobertura equivalente a la del Sistema Nacional de Salud durante toda la autorización; los seguros de viaje no sirven. No se exige si vas a cotizar a la Seguridad Social.
¿Se paga una tasa por cada familiar?
Sí. Se abona una tasa por cada solicitante, por el titular y por cada familiar. El número de referencia del pago es obligatorio para poder presentar la solicitud.
¿Los antecedentes penales caducan?
A efectos de la UGE-CE, los certificados de antecedentes penales tienen una validez de 6 meses, así que conviene pedirlos con la tramitación ya en marcha.
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